La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una decisión significativa este miércoles, permitiendo que las leyes electorales sean impugnadas mediante el amparo. Esta ruta se abre cuando se argumenta que las disposiciones legales infringen el principio de igualdad sustantiva y no discriminación.
La resolución sobre la contradicción de criterios número 108/2025 se aprobó con seis votos a favor y tres en contra. El Pleno de la Corte dictó una jurisprudencia que impide rechazar de manera unilateral una demanda de amparo solo porque la norma cuestionada pertenezca a una ley electoral o esté relacionada con una autoridad electoral.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa se opuso a esta interpretación, argumentando que la forma adecuada de impugnar leyes electorales, incluso cuando se alegue la violación de derechos que no sean estrictamente político-electorales, es a través de la acción de inconstitucionalidad o los medios específicos previstos para impugnaciones electorales.
Esquivel Mossa advirtió que esta decisión podría abrir una vía de control constitucional paralela a la acción de inconstitucionalidad y al sistema de medios de impugnación que nuestra Constitución y las leyes electorales ya establecen. Según su perspectiva, esto podría generar confusión en los procedimientos legales existentes.
El conflicto se originó a partir de amparos presentados por miembros de la comunidad LGBT+ que impugnaban disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) referidas a la paridad de género. Los tribunales enfrentaron la difícil tarea de determinar si se podía desechar la demanda de manera preliminar por tratarse de normas electorales, o si tal determinación debía realizarse en una instancia posterior del proceso.
La jurisprudencia emitida por la SCJN plantea un precedente relevante en el ámbito del derecho electoral y los derechos humanos. La interpretación ampliada del amparo podría permitir a más ciudadanos cuestionar la validez de leyes electorales que consideran injustas, lo que podría tener un impacto profundo en la protección de los derechos de grupos históricamente marginados.
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