Morelos aplicará en 2027 reformas legales para proteger a víctimas de robo de vehículos

A partir del 1 de enero de 2027 entrarán en vigor en Morelos reformas integrales a la Ley de Víctimas y a las Leyes de Hacienda estatal, con el propósito de eliminar la llamada “revictimización institucional” de las personas que sufren el robo de sus vehículos.

Entre los fundamentos de estos cambios legales se subraya que su finalidad principal es impedir que los afectados enfrenten costos económicos desproporcionados al intentar recuperar su patrimonio, los cuales en muchos casos llegan a superar el valor comercial de la unidad robada.

Las modificaciones contemplan diversos beneficios, entre ellos la exención de pagos administrativos y fiscales tanto a nivel municipal como estatal. Esto incluye los servicios de grúas y corralones, por lo que los propietarios no deberán cubrir costos por depósito, inventario, arrastre ni maniobras de salvamento. Esta gratuidad deberá respetarse incluso cuando dichos servicios sean prestados por empresas privadas mediante concesiones municipales.

Asimismo, se eliminará el cobro de derechos de control vehicular. No se exigirá el pago de refrendo anual, expedición de tarjeta de circulación ni holograma cuando el vehículo sea recuperado desvalijado, declarado pérdida total o entregado después de tres meses de haberse presentado la denuncia.

Las reformas también liberan a las víctimas del pago de trámites de baja y reexpedición. Esto significa que no se cobrará la baja del registro en el Padrón Vehicular estatal si la unidad no es localizada después de seis meses, ni la reexpedición de la tarjeta de circulación en casos de pérdida total o desvalijamiento.

De acuerdo con personal del Congreso local que participó en la elaboración del decreto, los beneficios aplicarán a propietarios o poseedores legítimos que acrediten la propiedad del vehículo ante el Ministerio Público, siempre que cumplan con ciertos requisitos.

Entre ellos se establece la obligación de presentar una denuncia oportuna, es decir, dentro de las 72 horas posteriores al robo o desde el momento en que se tenga conocimiento del delito, salvo que exista una causa de fuerza mayor debidamente justificada.

Las disposiciones también serán válidas cuando el vehículo haya sido utilizado por terceros para la comisión de un delito, sin que el propietario haya tenido participación alguna. Además, se contemplan los casos de robo de partes, extendiendo los beneficios cuando únicamente se recuperen componentes del vehículo —como carrocerías o cajas— que sean trasladados a corralones.

Otro criterio es que el apoyo se otorgará únicamente cuando los gastos derivados del robo no estén cubiertos por una póliza de seguro u otro mecanismo de protección.

Una vez que las reformas entren en vigor, la Fiscalía General del Estado y los 36 municipios de Morelos tendrán un plazo de 90 días hábiles para armonizar sus reglamentos y modificar los contratos de concesión de grúas y corralones, con el fin de garantizar la prestación gratuita de estos servicios.

El Decreto número mil cuatro fue publicado el pasado 3 de febrero en el Periódico Oficial del Estado y su aplicación formal comenzará el 1 de enero de 2027.

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