La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analiza la posibilidad de aplicar la tasa cero del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a todos los productos de gestión menstrual, más allá de toallas, tampones y copas, medida vigente desde el 1 de enero de 2022.
El ministro Irving Espinosa Betanzo presentará un proyecto al Pleno de la Corte el próximo 8 de enero, en el que propone conceder el amparo a Nueva Walmart de México. La empresa impugnó la reforma al artículo 2-A, fracción I, inciso j, de la Ley del IVA, que excluye otros productos similares —como pantiprotectores y ropa interior especializada—, los cuales siguen gravados con el 16 por ciento del impuesto.
En el amparo indirecto promovido en enero de 2022, Walmart alegó que la norma vulnera los principios de igualdad, no discriminación y equidad tributaria, al generar un trato desigual hacia productos de gestión menstrual distintos a los expresamente exentos. Tras un fallo inicial en contra, un tribunal reabrió el caso en junio de 2024 y reservó la competencia de la SCJN para resolver sobre la constitucionalidad de la medida.
El proyecto del ministro Espinosa sostiene que “una de las funciones principales del Estado Mexicano es la promoción de la salud pública evitando cargos económicos adicionales a las personas que, por razón de género, deben atender necesidades biológicas”. Añade que excluir ciertos productos reproduce desigualdades estructurales que afectan de manera desproporcionada a personas en situación de pobreza o marginación social.
Cabe destacar que en mayo pasado diversas organizaciones civiles presentaron un recurso de amicus curiae ante la SCJN, respaldando la declaración de inconstitucionalidad del cobro del IVA a todos los productos de gestión menstrual.
La resolución de la Corte podría ampliar el beneficio fiscal a todos los artículos destinados al cuidado menstrual, garantizando un acceso más equitativo y fomentando la salud pública.

