La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió atraer nuevamente el caso de Mario Aburto Martínez con el objetivo de definir, de manera definitiva, si el marco legal aplicado para imponerle una condena de 45 años de prisión por el asesinato de Luis Donaldo Colosio Murrieta fue el correcto, al tratarse de un magnicidio ocurrido en 1994. La decisión del máximo tribunal podría derivar tanto en la ratificación de la pena como en una eventual liberación.
Con seis votos a favor y dos en contra, y luego de que la ministra Sara Irene Herrerías Guerra se declarara impedida para participar, el Pleno acordó ejercer la facultad de atracción del amparo directo 104/2021, a solicitud de la Fiscalía General de la República (FGR). Las ministras María Estela Ríos González y Yasmín Esquivel Mossa votaron en contra.
Al asumir el caso, la Corte deberá definir cuál es el parámetro jurídico adecuado para analizar un proceso penal por magnicidio bajo el sistema penal tradicional, con el fin de garantizar tanto los derechos del sentenciado como los de la víctima.
El expediente cobró relevancia nuevamente en 2023, cuando un tribunal colegiado concedió un amparo a Aburto y dejó sin efecto la sentencia emitida en 1994, que lo condenó a 45 años de prisión. En ese fallo se ordenó dictar una nueva resolución aplicando el Código Penal de Baja California, que contempla una pena máxima de 30 años —plazo que Aburto ya habría cumplido—, en lugar del Código Penal Federal, utilizado originalmente.
La FGR impugnó esa resolución y llevó el asunto ante la Suprema Corte. En octubre de 2024, la entonces Primera Sala anuló el amparo sin entrar al estudio de fondo y ordenó reponer el procedimiento ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, instruyendo que se llamara a las víctimas indirectas —los familiares de Colosio— y se realizaran las diligencias necesarias para emitir una nueva sentencia.
No obstante, ningún familiar del excandidato presidencial acudió al proceso. Aun así, el tribunal fijó la resolución del amparo para el 9 de diciembre, pero la sesión fue suspendida luego de que ese mismo día el ministro presidente, Hugo Aguilar, admitiera la solicitud de atracción presentada por la FGR y ordenara al tribunal colegiado detener el trámite hasta que la Corte definiera si asumiría el caso.
Previo a la votación, la ministra Sara Irene Herrerías Guerra informó formalmente su impedimento para intervenir, al señalar que durante casi nueve años se desempeñó como titular de la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos de la FGR, instancia que tuvo a su cargo la investigación penal del asesinato de Colosio a través de áreas especializadas en delitos sociales y políticos del pasado.
La ministra recordó que, aunque existe autonomía funcional del Ministerio Público, el Estatuto Orgánico de la Fiscalía atribuye a los titulares facultades de dirección y coordinación, lo que podría comprometer la imparcialidad judicial. Por razones éticas, solicitó al Pleno ser excluida de la discusión, petición que fue aprobada por unanimidad.
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