Política

SCJN anula amparo a funcionario por desaparición de Claudia Uruchurtu y establece criterios obligatorios para crímenes contra defensoras de derechos humanos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la sentencia que había absuelto y liberado a Jhoan Ricardo Matus Marcial, exconsejero jurídico del Ayuntamiento de Asunción Nochixtlán, Oaxaca, sentenciado a 50 años de prisión por la desaparición forzada de la activista Claudia Uruchurtu, y al mismo tiempo fijó estándares que los jueces deberán aplicar en casos de crímenes de lesa humanidad cometidos contra defensoras de derechos humanos.

Por ocho votos unánimes, el Pleno aprobó el proyecto del ministro Arístides Guerrero García, promovido por la familia de Uruchurtu, que impugnaba la liberación del exfuncionario, señalado junto con la entonces alcaldesa Lizbeth Victoria Huerta y otras personas como responsable de la desaparición de la activista el 27 de marzo de 2021, cuyo paradero sigue siendo desconocido.

Matus Marcial había quedado en libertad tras un fallo de un tribunal colegiado que, el 21 de agosto del año pasado, le otorgó un amparo, argumentando que las pruebas presentadas eran insuficientes, basándose únicamente en el testimonio de un solo testigo.

Sin embargo, la Corte determinó que en esa resolución se ignoraron los riesgos específicos que enfrentan las mujeres defensoras de derechos humanos, sobre todo en contextos de corrupción y abuso de poder, y subrayó que juzgar estos casos con perspectiva de género e interseccionalidad es obligatorio para los tribunales.

El ponente del caso explicó: “Se propone revocar la sentencia impugnada y devolver el asunto al tribunal colegiado para que realice un análisis judicial especializado con perspectiva de género e interseccionalidad, y emita una nueva resolución conforme a derecho”.

La ministra Yasmín Esquivel aclaró que la incorporación de este enfoque no implica reducir el estándar probatorio ni desconocer la presunción de inocencia. “No se busca condenar automáticamente, sino mejorar la calidad del razonamiento judicial. El estándar de prueba en materia penal se mantiene intacto; lo que cambia es la manera en que se valoran los elementos y pruebas, considerando el contexto y la situación de la víctima”, señaló.

Por su parte, el ministro Giovanni Figueroa indicó que la resolución envía un mensaje firme contra la impunidad en delitos de lesa humanidad y establece parámetros sobre cómo deben evaluarse los indicios en casos de personas defensoras de derechos humanos.

La ministra Loretta Ortiz Ahlf recordó que Claudia Uruchurtu está inscrita en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, que contabiliza 133.518 casos, y afirmó que ante esta situación la Corte y el Estado deben aplicar los estándares más altos nacionales e internacionales en derechos humanos para garantizar justicia efectiva.

“Son numerosos los casos de desapariciones de personas que dedican su vida profesional y cotidiana a proteger los derechos humanos y que han desaparecido sin explicación”, agregó.

La noche del crimen

El 26 de marzo de 2021, tras una protesta frente al Ayuntamiento de Asunción Nochixtlán en contra de la alcaldesa por una detención arbitraria, Claudia Uruchurtu fue vista por última vez en la plaza central, donde fue subida a la fuerza a una camioneta.

Esa misma noche, según los hechos investigados, la activista fue trasladada a un paraje, asesinada y su cuerpo ocultado; al día siguiente, algunos de los implicados regresaron para mover el cuerpo a un lugar desconocido, y hasta hoy su paradero sigue sin ser localizado.

Por estos hechos, Jhoan Ricardo Matus fue procesado y condenado en marzo de 2023 por desaparición forzada, sentencia que fue confirmada en mayo de ese año y elevada a 50 años de prisión.

No obstante, en agosto de 2025, un Tribunal Colegiado le concedió un amparo y ordenó su liberación, considerando que las pruebas eran insuficientes. Esto motivó que la madre y las hermanas de la víctima presentaran un recurso ante la SCJN.

Las víctimas indirectas argumentaron que se ignoraron sus derechos a la verdad y a la justicia, así como la obligación de juzgar con perspectiva de género e interseccionalidad y de valorar la prueba circunstancial en delitos de naturaleza clandestina. Por su parte, Matus Marcial defendió que no existían pruebas suficientes, que el testimonio clave era inválido y que la condición de defensora de Uruchurtu no debería implicar un tratamiento diferenciado.

Team Voz Nacional

Entradas recientes

Desde redes, Alejandro Moreno endurece discurso y pide llegar “hasta las últimas consecuencias”

Un mensaje breve que encendió el debate En un video publicado en su cuenta de…

13 horas hace

China busca establecer base lunar y liderar en el espacio

China Avanza en la Carrera Espacial Zhuhai se convierte en el epicentro de los avances…

16 horas hace

Aumento en el precio de la gasolina en EE. UU. alcanza 4.23 dólares por galón en medio del conflicto con Irán

Precios récord de gasolina en EE. UU. Los precios de la gasolina en Estados Unidos…

16 horas hace

El Senado brasileño desestima la nominación de Lula para la Corte Suprema

Rechazo histórico en el Senado El Senado de Brasil descartó este miércoles la nominación de…

16 horas hace

La Cámara de Representantes de EE. UU. aprueba la expansión de la vigilancia

Aprobación de Programa de Vigilancia en la Cámara de Representantes La Cámara de Representantes de…

16 horas hace

Cunningham impulsa a Pistons mientras Cleveland recupera el control ante Toronto

Epic Performance de Cade Cunningham Salva a los Pistons Los Detroit Pistons lograron mantener viva…

16 horas hace